viernes, 1 de marzo de 2013

adónde Irán



La aprobación del Memorando de entendimiento con Irán en relación con la causa AMIA hace unos días (Senado: 39 votos a favor y 31 en contra; Diputados: 131 votos a favor y 113 en contra), es noticia pasada para el gran show mediático. Valían más los insultos, chicanas y demás barbaridades que el tema de fondo. Es que es un asunto “complicado”, lo que equivale a decir que debe ser importante pero pocos saben bien de qué se trata. Y lo que llega a los simples mortales es poco y nada, o a ver cuántos se bancaron (y pueden hacerlo) ver las casi catorce horas de debate por citar nomás lo de la cámara baja.

La “gran prensa” y sus repetidoras televisivas (con sus replicantes en plasma/pantalla en bares y restaurantes o el furtivo pasaje tapaderil que sólo ve grandes titulares a vuelo de peatón o usuario de transporte público) buscan rápidamente otro tema “bomba” como para que le explote al gobierno, pero volverán con esto cuando sea oportuno y se vislumbre alguna ventajita de por medio (en un año electoral). Bien, eso uno lo sabe (y el que no es el que se lo come).

Veamos un poco los “pasos” que siguen para que se materialice el contenido del Memorando:
  • La cosa ahora sigue en Irán, el acuerdo debe ser aprobado por su Congreso que consta de 290 legisladores y no está claro cuánto tardará ese trámite. Y una nota al pie: en ese país cualquier norma del Parlamento debe ser aprobada después por el Consejo Guardián, conducido en lo concreto por el ayatolá Ali Khamenei (máximo líder religioso). Dicen que se cuenta con su visto bueno. También hay que tener en cuenta que está en desarrollo un proceso electoral en Irán, se vota el 14 de junio.
  • Supongamos que no hay inconvenientes y se aprueba. Hay que designar la llamada Comisión de la Verdad: dos juristas internacionales propuestos por nuestro país, dos por Irán y uno (el presidente) acordado por los dos países. Ninguno de ellos podrá ser argentino o iraní.
  • Conformada la Comisión, se tendrá que reunir y dictar su reglamento de funcionamiento (normas de las reuniones, dónde se encontrarán y cuándo). Ese reglamento deberá ser aprobado por Argentina e Irán.
  • La Comisión solicitará información a las dos partes sobre las causas judiciales existentes en ambos países. Es decir que se deberá enviar la documentación relacionada con los cinco imputados que van a declarar. Tres de ellos –el ex ministro de Información Ali Fallahian; el ex comandante de los Guardianes de la Revolución Mohsen Rezai y el ex comandante de la fuerza Al Quds Ahmad Vahidi, actual ministro de Defensa- están considerados como participantes de la reunión que se habría hecho en la ciudad de Mahshad en la que supuestamente se decidió el atentado contra la mutual judía argentina. Sobre esto parece que hay poco: informes de inteligencia y declaraciones de arrepentidos opositores al régimen iraní que testimoniaron en el exilio. Es más lo que hay sobre los otros dos imputados: el ex secretario de la embajada de Irán en Buenos Aires Ahmad Asghari y el ex agregado cultural de Irán en Argentina Mohsen Rabbani (que para el fiscal Alberto Nisman es el personaje central de la trama). Un detalle para no dejar de lado es la calidad de la evidencia, ya que proviene de los servicios de información de Israel y EEUU (que son parte geopolíticamente interesada).
  • Sobre esta base, la Comisión sugerirá los pasos a seguir, respetando los dos sistemas jurídicos (argentino e iraní).
  • Así y todo, hay que poner atención en que las propuestas de la Comisión sobre cómo proceder no serán vinculantes para el juez Canicoba Corral y el fiscal Nisman. El juez mencionado tendrá la última palabra en cuanto a la validez de lo que se proponga hacer, cómo serán las audiencias, quiénes estarán presentes y lo concerniente a normas de la indagatoria.
  • El viaje del magistrado (a Irán) debe contar con la autorización de la Suprema Corte (argentina), y requiere la firma de un juez de Irán que va a acompañar el proceso.
  • Cumplido todo esto, juez y fiscal viajarán a Teherán a tomar las indagatorias.
  • Una indagatoria es un acto de defensa: los imputados deben conocer las pruebas sobre las que se basa la acusación y podrán exponer, responder a las preguntas del juez (o el fiscal) o también –como lo señala el código argentino- negarse a declarar.
  • Finalizada la indagatoria, Canicoba Corral tiene diez días para resolver si procesa o no a los imputados, y si les dicta o no la prisión preventiva. Recién ahí y si son procesados y se dicta la prisión preventiva se sabrá si Irán se negará (o no) a entregarlos. Si se niega, entonces habrá un conflicto que se dará en el marco de un procesamiento y prisión preventiva en un proceso acordado previamente entre los dos países, y supervisado por una comisión de juristas internacionales. No es poca cosa.

Hasta ahora, lo concreto es esto. Lo demás, especulaciones que todos pueden (podemos) hacer. La oposición tiene todo el derecho de cuestionar la iniciativa de gobierno y lo ha hecho con argumentos más o menos (bastante menos) felices. Lo que no hizo es proponer una alternativa, lo que equivale a decir (sacando la hipocresía de los discursos sentidos y los golpes de pecho de rigor) que la causa siga durmiendo como hasta ahora.
El intento es osado, qué duda cabe. ¿Tendrá éxito? Nadie puede decirlo.

Toda la información fue tomada de la nota “El primer paso de un camino complicado” de Raúl Kollman, publicada en Página 12 del jueves 26/02/2013.

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